{"id":10014,"date":"2026-09-14T09:00:00","date_gmt":"2026-09-14T09:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/mi-convenio-colectivo-ha-caducado-pierdo-el-salario-los-pluses-los-permisos-o-los-dias-de-descanso\/"},"modified":"2026-09-14T09:00:00","modified_gmt":"2026-09-14T09:00:00","slug":"mi-convenio-colectivo-ha-caducado-pierdo-el-salario-los-pluses-los-permisos-o-los-dias-de-descanso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/?p=10014","title":{"rendered":"Mi convenio colectivo ha caducado: \u00bfpierdo el salario, los pluses, los permisos o los d\u00edas de descanso?"},"content":{"rendered":"<p>Salarios, complementos, jornada, permisos, vacaciones, categor\u00edas profesionales o determinados descansos no desaparecen simplemente porque haya terminado la duraci\u00f3n inicialmente pactada del convenio.<\/p>\n<p>La regulaci\u00f3n actual del art\u00edculo 86 del Estatuto de los Trabajadores mantiene la denominada <strong>ultraactividad del convenio colectivo<\/strong>, que permite que contin\u00fae aplic\u00e1ndose mientras se negocia uno nuevo en los t\u00e9rminos previstos legalmente.<\/p>\n<h2>Primero hay que distinguir: \u00bfel convenio est\u00e1 vencido o tambi\u00e9n ha sido denunciado?<\/h2>\n<p>No es exactamente lo mismo.<\/p>\n<p>Un convenio puede haber alcanzado la fecha final prevista en su texto y, sin embargo, continuar prorrog\u00e1ndose.<\/p>\n<p>El Estatuto de los Trabajadores establece que, <strong>salvo que el propio convenio disponga otra cosa, se prorrogar\u00e1 de a\u00f1o en a\u00f1o si ninguna de las partes lo denuncia expresamente<\/strong>.<\/p>\n<p>Por tanto, que en el convenio aparezca, por ejemplo, que su vigencia finalizaba el 31 de diciembre de 2025 no permite concluir por s\u00ed solo que desde enero de 2026 haya dejado de aplicarse.<\/p>\n<p>Hay que comprobar tambi\u00e9n qu\u00e9 establece sobre su denuncia, pr\u00f3rroga y vigencia posterior.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre si el convenio ha sido denunciado y est\u00e1 negoci\u00e1ndose uno nuevo?<\/h2>\n<p>Aqu\u00ed aparece la denominada <strong>ultraactividad<\/strong>.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 86 del Estatuto de los Trabajadores establece que, una vez denunciado el convenio y terminada su duraci\u00f3n pactada, habr\u00e1 que atender en primer lugar a lo que el propio convenio haya establecido.<\/p>\n<p>Pero, durante la negociaci\u00f3n para sustituirlo, <strong>si no existe pacto en contrario, se mantiene su vigencia<\/strong>.<\/p>\n<p>Esto significa que el trabajador no queda de repente sin convenio mientras sindicatos y empresas negocian el siguiente.<\/p>\n<h2>\u00bfY si pasa m\u00e1s de un a\u00f1o y todav\u00eda no hay nuevo convenio?<\/h2>\n<p>Este punto es especialmente importante.<\/p>\n<p>La reforma laboral de 2021 recuper\u00f3 una protecci\u00f3n mucho m\u00e1s amplia de la ultraactividad.<\/p>\n<p>Cuando haya transcurrido <strong>un a\u00f1o desde la denuncia<\/strong> sin haberse alcanzado un nuevo convenio, las partes deben acudir a los procedimientos de mediaci\u00f3n previstos en los correspondientes acuerdos interprofesionales.<\/p>\n<p>Pero si contin\u00faa sin alcanzarse un acuerdo, <strong>el convenio anterior sigue vigente<\/strong>, salvo que exista un pacto que establezca otra cosa.<\/p>\n<p>Por tanto, actualmente no existe una regla general seg\u00fan la cual el convenio desaparezca autom\u00e1ticamente transcurrido un a\u00f1o.<\/p>\n<h2>\u00bfPuede la empresa dejar de pagarme los pluses porque el convenio est\u00e1 vencido?<\/h2>\n<p>Con car\u00e1cter general, <strong>no puede dejar de aplicar unilateralmente el convenio simplemente alegando que ha terminado su fecha de vigencia<\/strong>.<\/p>\n<p>Mientras contin\u00fae aplic\u00e1ndose por pr\u00f3rroga o ultraactividad, siguen rigiendo las condiciones convencionales correspondientes.<\/p>\n<p>Esto puede afectar, entre otras materias, a:<\/p>\n<ul>\n<li>salario y complementos salariales;<\/li>\n<li>plus de transporte, nocturnidad, turnicidad o antig\u00fcedad cuando est\u00e9n previstos;<\/li>\n<li>jornada anual;<\/li>\n<li>vacaciones;<\/li>\n<li>permisos;<\/li>\n<li>descansos;<\/li>\n<li>clasificaci\u00f3n profesional;<\/li>\n<li>r\u00e9gimen disciplinario;<\/li>\n<li>determinados derechos de conciliaci\u00f3n;<\/li>\n<li>y otras condiciones reguladas por el convenio.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Una cuesti\u00f3n diferente es que el convenio establezca expresamente que una determinada condici\u00f3n solo se aplica durante un periodo concreto.<\/p>\n<p>Por ello, debe revisarse siempre la redacci\u00f3n exacta del convenio.<\/p>\n<h2>\u00bfSignifica esto que el salario debe subir todos los a\u00f1os?<\/h2>\n<p>No necesariamente.<\/p>\n<p>Que el convenio contin\u00fae vigente <strong>no implica autom\u00e1ticamente que las tablas salariales deban incrementarse cada a\u00f1o<\/strong>.<\/p>\n<p>Puede ocurrir que el convenio vencido mantenga unas tablas salariales concretas y que, mientras no se aprueben otras nuevas, sigan aplic\u00e1ndose esas cantidades.<\/p>\n<p>La existencia de una subida depender\u00e1 de lo que establezca el propio convenio: cl\u00e1usulas de revisi\u00f3n salarial, actualizaci\u00f3n conforme al IPC, incrementos previamente pactados o acuerdos alcanzados durante la negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En todo caso, deber\u00e1n respetarse siempre los m\u00ednimos legales aplicables, incluido el <strong>Salario M\u00ednimo Interprofesional<\/strong> cuando corresponda.<\/p>\n<h2>\u00bfPuede la empresa decir que ahora se aplica otro convenio porque el anterior ha caducado?<\/h2>\n<p>No autom\u00e1ticamente.<\/p>\n<p>El mero vencimiento del convenio no permite a la empresa elegir otro convenio que resulte menos favorable.<\/p>\n<p>Hay que analizar el \u00e1mbito funcional, territorial y personal de los convenios implicados, las reglas de concurrencia y, sobre todo, si el convenio anterior contin\u00faa vigente por ultraactividad.<\/p>\n<p>Desde la reforma laboral, la continuidad del convenio impide que el simple transcurso del tiempo se utilice como mecanismo para hacer desaparecer su regulaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre cuando finalmente se firma un convenio nuevo?<\/h2>\n<p>El nuevo convenio sustituye al anterior.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 86.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que el convenio que sucede a otro <strong>deroga \u00edntegramente al anterior<\/strong>, salvo aquellos aspectos que expresamente se hayan decidido mantener.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, habr\u00e1 que comprobar qu\u00e9 efectos econ\u00f3micos establece el nuevo convenio.<\/p>\n<p>Es frecuente que unas nuevas tablas salariales tengan efectos retroactivos desde una determinada fecha. En esos casos pueden generarse <strong>atrasos salariales<\/strong> que la empresa deber\u00e1 abonar a los trabajadores afectados.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre si la empresa aprovecha el vencimiento para reducir condiciones?<\/h2>\n<p>Si una empresa deja de abonar un complemento, aumenta la jornada, elimina un permiso o modifica otras condiciones alegando \u00fanicamente que el convenio \u201cya est\u00e1 caducado\u201d, conviene revisar inmediatamente la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Puede existir un incumplimiento del convenio colectivo y, dependiendo de la medida adoptada, podr\u00edan plantearse distintas acciones: reclamaci\u00f3n de cantidad, reconocimiento de derechos o impugnaci\u00f3n de una modificaci\u00f3n de condiciones de trabajo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en materia laboral existen <strong>plazos breves de reclamaci\u00f3n<\/strong>, por lo que no es recomendable dejar transcurrir el tiempo.<\/p>\n<h2>Mi valoraci\u00f3n como abogado laboralista<\/h2>\n<p>Uno de los errores m\u00e1s frecuentes es pensar que cuando llega la fecha final que aparece en un convenio colectivo este deja autom\u00e1ticamente de existir.<\/p>\n<p><strong>No es as\u00ed.<\/strong><\/p>\n<p>Actualmente, la regla general protege la continuidad del convenio mientras se negocia su sustituci\u00f3n. La denominada ultraactividad evita que los trabajadores queden sin la regulaci\u00f3n colectiva que determina una parte muy importante de sus condiciones laborales.<\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica recomiendo comprobar tres cuestiones: <strong>qu\u00e9 fecha de vigencia establece el convenio, si ha sido formalmente denunciado y qu\u00e9 cl\u00e1usula contiene sobre pr\u00f3rroga y ultraactividad<\/strong>.<\/p>\n<p>Y si una empresa comunica que va a dejar de aplicar un salario, complemento, jornada, permiso o cualquier otro derecho porque el convenio \u201cha vencido\u201d, aconsejo revisar jur\u00eddicamente esa decisi\u00f3n antes de aceptarla.<\/p>\n<p><strong>Guillermo Dom\u00e9nech Mart\u00ednez<\/strong><br \/>\n<strong>Abogado Laboralista en Valencia<\/strong><\/p>\n<p><em><strong>Normativa:<\/strong> art\u00edculo 86 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacci\u00f3n resultante del Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Que un convenio colectivo haya llegado a la fecha prevista para su finalizaci\u00f3n no significa que los trabajadores pierdan autom\u00e1ticamente los derechos que conten\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":60015,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[9],"class_list":["post-10014","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticia-del-dia","tag-laboral-y-seguridad-social"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10014","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10014"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10014\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/60015"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10014"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10014"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10014"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}