{"id":10031,"date":"2026-08-30T09:00:00","date_gmt":"2026-08-30T09:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/aumentan-los-despidos-colectivos-en-espana-que-derechos-tiene-un-trabajador-afectado-por-un-ere\/"},"modified":"2026-08-30T09:00:00","modified_gmt":"2026-08-30T09:00:00","slug":"aumentan-los-despidos-colectivos-en-espana-que-derechos-tiene-un-trabajador-afectado-por-un-ere","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/?p=10031","title":{"rendered":"Aumentan los despidos colectivos en Espa\u00f1a: \u00bfqu\u00e9 derechos tiene un trabajador afectado por un ERE?"},"content":{"rendered":"<h2>\u00bfQu\u00e9 es exactamente un despido colectivo o ERE?<\/h2>\n<p>Existe despido colectivo cuando una empresa extingue contratos de trabajo por <strong>causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n<\/strong> y alcanza determinados umbrales de trabajadores dentro de un per\u00edodo de 90 d\u00edas.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 51 del Estatuto de los Trabajadores considera despido colectivo, entre otros supuestos, aquel que afecta al menos a:<\/p>\n<ul>\n<li>10 trabajadores en empresas con menos de 100 empleados.<\/li>\n<li>El 10 % de la plantilla en empresas de entre 100 y 300 trabajadores.<\/li>\n<li>30 trabajadores en empresas con m\u00e1s de 300 empleados.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n puede existir despido colectivo cuando se produce el cese de toda la actividad empresarial y afecta a m\u00e1s de cinco trabajadores.<\/p>\n<h2>\u00bfLa empresa puede hacer un ERE libremente?<\/h2>\n<p>No.<\/p>\n<p>La empresa debe justificar la existencia de una causa legal suficiente y seguir un <strong>procedimiento espec\u00edfico de negociaci\u00f3n<\/strong> con los representantes de los trabajadores.<\/p>\n<p>Antes de ejecutar los despidos debe desarrollarse un per\u00edodo de consultas en el que se negocien cuestiones como:<\/p>\n<ul>\n<li>la posibilidad de evitar o reducir los despidos;<\/li>\n<li>medidas alternativas;<\/li>\n<li>criterios para seleccionar a los trabajadores afectados;<\/li>\n<li>indemnizaciones;<\/li>\n<li>recolocaciones;<\/li>\n<li>formaci\u00f3n o medidas sociales.<\/li>\n<\/ul>\n<p>No basta, por tanto, con que la empresa comunique que atraviesa dificultades.<\/p>\n<p>Debe acreditar documentalmente las causas alegadas.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 indemnizaci\u00f3n corresponde?<\/h2>\n<p>Como m\u00ednimo legal, el trabajador afectado por un despido colectivo tiene derecho a una indemnizaci\u00f3n de:<\/p>\n<p><strong>20 d\u00edas de salario por a\u00f1o trabajado<\/strong>, con un m\u00e1ximo de <strong>12 mensualidades<\/strong>.<\/p>\n<p>Sin embargo, durante el per\u00edodo de consultas pueden negociarse indemnizaciones superiores.<\/p>\n<p>Por ello, en muchos ERE la indemnizaci\u00f3n finalmente acordada supera el m\u00ednimo establecido legalmente.<\/p>\n<h2>\u00bfTengo derecho a prestaci\u00f3n por desempleo?<\/h2>\n<p>S\u00ed, siempre que se cumplan los requisitos generales de cotizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El despido colectivo constituye una situaci\u00f3n legal de desempleo, por lo que el trabajador puede solicitar la correspondiente prestaci\u00f3n ante el SEPE.<\/p>\n<h2>\u00bfPuedo impugnar individualmente mi despido?<\/h2>\n<p>S\u00ed.<\/p>\n<p>Aunque exista un procedimiento colectivo, determinados aspectos del despido pueden ser impugnados individualmente.<\/p>\n<p>Por ejemplo, puede discutirse:<\/p>\n<ul>\n<li>si se han aplicado correctamente los criterios de selecci\u00f3n;<\/li>\n<li>si existe discriminaci\u00f3n;<\/li>\n<li>si se vulneran derechos fundamentales;<\/li>\n<li>si la indemnizaci\u00f3n est\u00e1 correctamente calculada;<\/li>\n<li>si el trabajador deber\u00eda haber quedado fuera del ERE;<\/li>\n<li>o si existen determinadas prioridades de permanencia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s, los representantes de los trabajadores pueden impugnar colectivamente el despido ante la jurisdicci\u00f3n social.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ocurre si la empresa despide trabajadores de forma fragmentada para evitar un ERE?<\/h2>\n<p>Esta cuesti\u00f3n es especialmente importante.<\/p>\n<p>Una empresa no puede eludir el procedimiento de despido colectivo mediante extinciones sucesivas de contratos cuando, consideradas conjuntamente, se alcanzan los umbrales legales.<\/p>\n<p>La normativa prev\u00e9 mecanismos para evitar este tipo de actuaciones fraudulentas.<\/p>\n<p>Por ello, cuando se producen numerosos despidos en pocos meses conviene comprobar si realmente deber\u00edan haberse tramitado mediante un procedimiento colectivo.<\/p>\n<h2>Sectores especialmente afectados en 2026<\/h2>\n<p>Los datos del primer semestre muestran un fuerte incremento en determinados sectores.<\/p>\n<p>La <strong>industria manufacturera<\/strong> ha experimentado un aumento significativo de despidos colectivos, y tambi\u00e9n existen importantes procesos de ajuste en actividades tecnol\u00f3gicas, telecomunicaciones, programaci\u00f3n y consultor\u00eda.<\/p>\n<p>Esto demuestra que los ERE no afectan \u00fanicamente a empresas en situaci\u00f3n de cierre o insolvencia. Tambi\u00e9n pueden plantearse en grandes compa\u00f1\u00edas que reorganizan actividades, externalizan servicios o modifican su estructura productiva.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 plazo tengo para reclamar?<\/h2>\n<p>Este punto es fundamental.<\/p>\n<p>En materia de despido existen plazos muy breves.<\/p>\n<p>Con car\u00e1cter general, el plazo para impugnar judicialmente un despido es de <strong>20 d\u00edas h\u00e1biles<\/strong> desde la fecha de efectos.<\/p>\n<p>Por eso no recomiendo esperar a que transcurran semanas para revisar la documentaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Mi valoraci\u00f3n como abogado<\/h2>\n<p>El aumento de los despidos colectivos durante 2026 hace especialmente importante que los trabajadores conozcan que un ERE <strong>no significa que cualquier despido incluido en \u00e9l sea autom\u00e1ticamente correcto<\/strong>.<\/p>\n<p>La existencia de un procedimiento colectivo no elimina los derechos individuales.<\/p>\n<p>Hay que revisar la causa alegada por la empresa, los criterios utilizados para seleccionar a las personas afectadas, la antig\u00fcedad, el salario regulador, la indemnizaci\u00f3n ofrecida y la posible existencia de situaciones protegidas.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n considero importante comprobar si una empresa est\u00e1 realizando m\u00faltiples despidos individuales que, por su n\u00famero y proximidad temporal, podr\u00edan estar ocultando un verdadero despido colectivo.<\/p>\n<p>Si has sido incluido en un <strong>ERE o despido colectivo en Valencia<\/strong>, conviene revisar la carta de despido, la indemnizaci\u00f3n y las circunstancias concretas antes de que transcurra el plazo para reclamar.<\/p>\n<p><strong>Guillermo Dom\u00e9nech \u2013 Abogado Laboralista en Valencia<\/strong><br \/>\n<em><strong>Abogado accesible, claro y comprometido contigo.<\/strong><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante el primer semestre de 2026, m\u00e1s de 21.000 trabajadores se han visto afectados por procedimientos de despido colectivo, lo que supone un incremento aproximado del 5,4 % respecto del mismo per\u00edodo del a\u00f1o anterior. Al mismo tiempo, se ha reducido el recurso a medidas temporales como suspensiones de contrato o reducciones de jornada.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":60032,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[9],"class_list":["post-10031","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticia-del-dia","tag-laboral-y-seguridad-social"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10031","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10031"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10031\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/60032"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10031"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10031"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guillermodomenechabogado.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10031"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}