Registro de jornada: una prueba fundamental para reclamar las horas extraordinarias
La empresa tiene la obligación de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo
El registro diario de jornada es obligatorio para las empresas y constituye una herramienta especialmente importante para los trabajadores que realizan más horas de las establecidas en su contrato y no reciben la correspondiente compensación.
Desde la implantación de esta obligación, la empresa debe garantizar un registro diario de la jornada de cada trabajador, que debe incluir la hora concreta de inicio y finalización.
¿Qué debe registrar la empresa?
Con carácter general, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa debe garantizar el registro diario de jornada, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.
Además, estos registros deben conservarse durante cuatro años y permanecer a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Por tanto, no se trata de una simple formalidad administrativa. El registro permite conocer cuál ha sido la jornada efectivamente realizada.
¿Por qué es importante para reclamar horas extraordinarias?
El registro de jornada puede convertirse en una prueba fundamental en una reclamación de horas extraordinarias.
Es frecuente que un trabajador tenga una jornada contractual determinada pero, en la práctica, entre antes, salga después o prolongue habitualmente su horario sin que ese exceso de jornada aparezca reflejado en su nómina.
Cuando esto ocurre, puede existir una cantidad importante de horas extraordinarias pendientes de pago o compensación.
Por ello, el trabajador debe prestar especial atención a los registros de entrada y salida y conservar cualquier otra prueba que permita acreditar su jornada real.
¿Qué ocurre si la empresa no lleva correctamente el registro?
La inexistencia de un registro de jornada o su llevanza defectuosa no significa que el trabajador pierda el derecho a reclamar las horas extraordinarias realizadas.
Al contrario, el incumplimiento de la obligación empresarial de registrar correctamente la jornada puede tener una especial relevancia cuando existe una controversia sobre el número de horas efectivamente trabajadas.
Además del propio registro horario, pueden resultar útiles otros medios de prueba, como cuadrantes de trabajo, correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, comunicaciones de la empresa, accesos informáticos, partes de trabajo, testigos o cualquier otro elemento que permita determinar el horario realmente realizado.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar las horas extraordinarias?
Este punto es especialmente importante.
Las cantidades salariales pendientes están sujetas, con carácter general, a un plazo de prescripción de un año, conforme al artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.
Por ello, cuando existen horas extraordinarias realizadas y no abonadas, no es conveniente dejar transcurrir el tiempo, ya que pueden ir quedando fuera del periodo susceptible de reclamación.
¿Realizas más horas de las que te pagan?
Si tu jornada real supera habitualmente la establecida en tu contrato, convenio colectivo o nómina, es conveniente analizar tanto el registro de jornada como el resto de documentación disponible para determinar si existen horas extraordinarias que puedan reclamarse.
Cada situación debe estudiarse individualmente, especialmente para determinar la jornada aplicable, las horas realizadas y su correspondiente valoración económica.
Guillermo Doménech
Abogado Laboralista en Valencia
Despidos · Reclamaciones salariales · Horas extraordinarias · Derechos laborales
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