Aumentan los despidos colectivos en España: ¿qué derechos tiene un trabajador afectado por un ERE?

Durante el primer semestre de 2026, más de 21.000 trabajadores se han visto afectados por procedimientos de despido colectivo, lo que supone un incremento aproximado del 5,4 % respecto del mismo período del año anterior. Al mismo tiempo, se ha reducido el recurso a medidas temporales como suspensiones de contrato o reducciones de jornada.

Aumentan los despidos colectivos en España: ¿qué derechos tiene un trabajador afectado por un ERE?

¿Qué es exactamente un despido colectivo o ERE?

Existe despido colectivo cuando una empresa extingue contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y alcanza determinados umbrales de trabajadores dentro de un período de 90 días.

El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores considera despido colectivo, entre otros supuestos, aquel que afecta al menos a:

  • 10 trabajadores en empresas con menos de 100 empleados.
  • El 10 % de la plantilla en empresas de entre 100 y 300 trabajadores.
  • 30 trabajadores en empresas con más de 300 empleados.

También puede existir despido colectivo cuando se produce el cese de toda la actividad empresarial y afecta a más de cinco trabajadores.

¿La empresa puede hacer un ERE libremente?

No.

La empresa debe justificar la existencia de una causa legal suficiente y seguir un procedimiento específico de negociación con los representantes de los trabajadores.

Antes de ejecutar los despidos debe desarrollarse un período de consultas en el que se negocien cuestiones como:

  • la posibilidad de evitar o reducir los despidos;
  • medidas alternativas;
  • criterios para seleccionar a los trabajadores afectados;
  • indemnizaciones;
  • recolocaciones;
  • formación o medidas sociales.

No basta, por tanto, con que la empresa comunique que atraviesa dificultades.

Debe acreditar documentalmente las causas alegadas.

¿Qué indemnización corresponde?

Como mínimo legal, el trabajador afectado por un despido colectivo tiene derecho a una indemnización de:

20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Sin embargo, durante el período de consultas pueden negociarse indemnizaciones superiores.

Por ello, en muchos ERE la indemnización finalmente acordada supera el mínimo establecido legalmente.

¿Tengo derecho a prestación por desempleo?

Sí, siempre que se cumplan los requisitos generales de cotización.

El despido colectivo constituye una situación legal de desempleo, por lo que el trabajador puede solicitar la correspondiente prestación ante el SEPE.

¿Puedo impugnar individualmente mi despido?

Sí.

Aunque exista un procedimiento colectivo, determinados aspectos del despido pueden ser impugnados individualmente.

Por ejemplo, puede discutirse:

  • si se han aplicado correctamente los criterios de selección;
  • si existe discriminación;
  • si se vulneran derechos fundamentales;
  • si la indemnización está correctamente calculada;
  • si el trabajador debería haber quedado fuera del ERE;
  • o si existen determinadas prioridades de permanencia.

Además, los representantes de los trabajadores pueden impugnar colectivamente el despido ante la jurisdicción social.

¿Qué ocurre si la empresa despide trabajadores de forma fragmentada para evitar un ERE?

Esta cuestión es especialmente importante.

Una empresa no puede eludir el procedimiento de despido colectivo mediante extinciones sucesivas de contratos cuando, consideradas conjuntamente, se alcanzan los umbrales legales.

La normativa prevé mecanismos para evitar este tipo de actuaciones fraudulentas.

Por ello, cuando se producen numerosos despidos en pocos meses conviene comprobar si realmente deberían haberse tramitado mediante un procedimiento colectivo.

Sectores especialmente afectados en 2026

Los datos del primer semestre muestran un fuerte incremento en determinados sectores.

La industria manufacturera ha experimentado un aumento significativo de despidos colectivos, y también existen importantes procesos de ajuste en actividades tecnológicas, telecomunicaciones, programación y consultoría.

Esto demuestra que los ERE no afectan únicamente a empresas en situación de cierre o insolvencia. También pueden plantearse en grandes compañías que reorganizan actividades, externalizan servicios o modifican su estructura productiva.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Este punto es fundamental.

En materia de despido existen plazos muy breves.

Con carácter general, el plazo para impugnar judicialmente un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos.

Por eso no recomiendo esperar a que transcurran semanas para revisar la documentación.

Mi valoración como abogado

El aumento de los despidos colectivos durante 2026 hace especialmente importante que los trabajadores conozcan que un ERE no significa que cualquier despido incluido en él sea automáticamente correcto.

La existencia de un procedimiento colectivo no elimina los derechos individuales.

Hay que revisar la causa alegada por la empresa, los criterios utilizados para seleccionar a las personas afectadas, la antigüedad, el salario regulador, la indemnización ofrecida y la posible existencia de situaciones protegidas.

También considero importante comprobar si una empresa está realizando múltiples despidos individuales que, por su número y proximidad temporal, podrían estar ocultando un verdadero despido colectivo.

Si has sido incluido en un ERE o despido colectivo en Valencia, conviene revisar la carta de despido, la indemnización y las circunstancias concretas antes de que transcurra el plazo para reclamar.

Guillermo Doménech – Abogado Laboralista en Valencia
Abogado accesible, claro y comprometido contigo.