Casi 17.000 solicitudes de nacionalidad denegadas o archivadas en seis meses: ¿pueden perjudicarte las salidas de España?
Durante los seis primeros meses de 2026, un total de 16.821 solicitudes de nacionalidad española por residencia terminaron denegadas o archivadas.
En concreto, se produjeron 13.385 denegaciones y 3.436 archivos. Es un dato relevante porque demuestra que presentar una solicitud de nacionalidad no garantiza su concesión y que determinados errores o circunstancias pueden terminar comprometiendo un expediente después de años de residencia en España.
Entre las cuestiones que pueden generar problemas se encuentran el incumplimiento del periodo de residencia exigido, determinadas ausencias de España, documentación incorrecta o caducada, antecedentes o la falta de respuesta adecuada a requerimientos de la Administración.
¿Has salido mucho de España antes de solicitar la nacionalidad?
Esta es una cuestión que merece especial atención.
Muchas personas extranjeras consideran que, si han tenido una tarjeta de residencia durante el número de años exigido, automáticamente cumplen el requisito temporal para solicitar la nacionalidad española.
No necesariamente.
El Código Civil exige que la residencia necesaria para adquirir la nacionalidad sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Por tanto, no solamente interesa comprobar desde cuándo se dispone de residencia legal en España. También pueden adquirir importancia las ausencias del territorio español durante ese periodo.
¿Cuántos años de residencia necesito para solicitar la nacionalidad?
El plazo general de residencia exigido es de diez años, pero existen importantes excepciones.
Puede reducirse a cinco años para determinadas personas que hayan obtenido la condición de refugiado; a dos años para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y sefardíes; y a un año en determinados supuestos específicamente establecidos en el artículo 22 del Código Civil.
Pero cumplir aparentemente esos años no es suficiente.
La residencia debe reunir los requisitos legalmente establecidos y, entre ellos, su continuidad.
¿Existe un número exacto de días que pueda permanecer fuera de España?
Aquí es donde conviene tener especial cuidado.
No es recomendable trasladar automáticamente a la nacionalidad española los límites de ausencias previstos en la normativa de extranjería para otros procedimientos, como la obtención de determinadas autorizaciones de residencia.
Residencia de larga duración y nacionalidad española son procedimientos diferentes.
Por ello, no debería afirmarse de manera general que existe un determinado número de días fuera de España que garantice automáticamente que una solicitud de nacionalidad vaya a ser concedida.
La Administración puede analizar las ausencias producidas durante el periodo de residencia exigido y valorar si afectan al requisito de residencia continuada.
Viajes frecuentes al país de origen
No todos los viajes al extranjero provocan necesariamente un problema.
Una persona residente en España puede viajar por vacaciones, visitar a familiares, desplazarse por motivos profesionales o permanecer temporalmente en otro país.
La cuestión adquiere especial relevancia cuando las ausencias son prolongadas o reiteradas y pueden generar dudas sobre dónde se encontraba realmente el centro efectivo de residencia del solicitante durante el periodo exigido.
Por eso, antes de presentar la nacionalidad, puede ser conveniente reconstruir las entradas y salidas realizadas durante los años relevantes.
Cuidado con confundir residencia legal con permanencia efectiva
Disponer de una tarjeta de residencia demuestra la existencia de una autorización administrativa, pero en un procedimiento de nacionalidad pueden analizarse otras circunstancias.
Por ejemplo, una persona puede haber mantenido formalmente su autorización durante varios años y, sin embargo, haber realizado estancias prolongadas fuera de España.
Por eso resulta importante comprobar conjuntamente:
- el periodo de residencia legal exigible;
- las fechas de las diferentes autorizaciones;
- las entradas y salidas de España;
- la duración de las ausencias;
- y las circunstancias que puedan justificar determinados desplazamientos.
Las ausencias no son el único motivo que puede provocar problemas
Las cifras de 2026 también sirven para recordar que una solicitud de nacionalidad debe prepararse cuidadosamente.
Entre las circunstancias señaladas como habituales en denegaciones o archivos aparecen presentar antes de haber cumplido el periodo necesario, problemas con la documentación, antecedentes penales o policiales, requerimientos administrativos no atendidos correctamente e incluso posibles errores administrativos.
Por ello, presentar cuanto antes no siempre significa presentar mejor.
En determinados casos puede ser preferible comprobar previamente que se cumplen correctamente todos los requisitos antes de iniciar el expediente.
¿Qué ocurre si recibo un requerimiento?
Un requerimiento del Ministerio de Justicia no debe ignorarse.
Puede solicitarse documentación adicional o la subsanación de determinados aspectos del expediente. La respuesta debe prepararse atendiendo exactamente a lo solicitado y respetando el plazo concedido.
Una contestación incompleta o la falta de respuesta puede comprometer la tramitación.
¿Y si la nacionalidad ya ha sido denegada?
Una denegación tampoco significa necesariamente que todo haya terminado.
Debe estudiarse el motivo concreto utilizado por la Administración, la documentación existente y las circunstancias del expediente para determinar si existen fundamentos para recurrir.
De hecho, los propios datos publicados por el Ministerio de Justicia contemplan concesiones de nacionalidad producidas después de recursos, sentencias o revocaciones de denegaciones anteriores.
Por eso, ante una resolución desfavorable, lo importante es no limitarse a asumir que la Administración necesariamente tiene razón.
Antes de presentar la nacionalidad, revisa tu situación
Después de años esperando para poder solicitar la nacionalidad española, merece la pena comprobar previamente que el expediente está correctamente preparado.
Especialmente si has realizado viajes frecuentes o ausencias prolongadas de España, conviene estudiar esas circunstancias antes de presentar la solicitud.
También deben revisarse los antecedentes, documentación extranjera, legalizaciones o apostillas, traducciones y demás requisitos correspondientes al caso concreto.
¿Vas a solicitar la nacionalidad española y has pasado tiempo fuera de España?
Si estás próximo a solicitar la nacionalidad española y has realizado varias salidas de España, puedo estudiar previamente tu situación y valorar si esas ausencias pueden plantear problemas.
Y si ya has recibido una denegación de nacionalidad, puedo revisar la resolución, la documentación presentada y las posibilidades de impugnación.
Guillermo Doménech
Abogado de Extranjería en Valencia
Abogado accesible, claro y comprometido contigo.
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