Mobbing - Conoce tus derechos ante el acoso laboral
Ya no hay razón para tolerar el acoso laboral que estás padeciendo. No lo digo yo, sino la ley. Te cuento todo lo que necesitas saber del mobbing.

¿Qué es exactamente el acoso laboral?
Hablamos de acoso laboral cuando estamos ante un conjunto de comportamientos o amenazas de llevar a cabo ciertas acciones que deriven en daños físicos, psicológicos, económicos o morales en la persona afectada, incluyendo el acoso por cuestión de género.
A los efectos de que se trate efectivamente de mobbing, son los siguientes:
I.- Intencionalidad
II.- Repetición o que tenga lugar una única vez
III.-Comportamiento orientado a destruir a la víctima o a expulsarla del ámbito laboral
IV.- La creación de un ambiente hostil, degradante e intimidante es el objetivo final del comportamiento.
Legislación contra el mobbing :
Existe en España un conjunto de leyes que penalizan el acoso laboral.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
Esta ley obliga al empleador a garantizar la igualdad de trato y de oportunidad para todos sus colaboradores. A tales efectos, es de su entera responsabilidad crear medidas que sancionen y eliminen el acoso sexual o por razón de sexo.
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación
Esta ley prohíbe toda conducta que atente contra la igualdad en el ámbito laboral.
Este estatuto regula las instancias de acoso laboral y establece las posibles medidas a tomarse en caso de que este tenga lugar. Además, deposita en el empleador la responsabilidad de crear medidas que garanticen la dignidad de cada trabajador. Por último, reconoce el derecho de cada trabajador de no ser acosado en el terreno laboral.
Sanciones ante el mobbing
Las leyes son severas en materia de acoso laboral, así que estas son las posibles sanciones que las empresas que no han tomado las medidas adecuadas para evitar esta conducta pueden recibir:
Infracciones en materia laboral
Graves: sanciones entre los 751 euros hasta los 7 500 euros
Muy graves: sanciones entre los 7 501 euros hasta los 225 018 euros
Infracciones muy graves en lo inherente a la prevención de conductas de acoso:
Sanciones entre 49891 euros hasta 983736 euros
¿Qué puedes hacer si eres víctima de acoso laboral?
Las víctimas de mobbing cuentan con las siguientes posibilidades legales:
I.- Solicitar la iniciación de un protocolo contra el acoso laboral en la empresa para la que trabajas.
II.- Pedir la intervención de la inspección de trabajo.
III.- Demandar a la empresa y solicitar la extinción judicial de tu contrato más una indemnización por daños y perjuicios.
Desafíos y trabas de las víctimas de acoso laboral
El desafío más grande al que se enfrentan las personas víctimas de mobbing es el poder reunir las pruebas que demuestren de manera irrefutable la condición que están padeciendo.
Otra de las contrariedades a las que se enfrenta este trabajador, y debido a la cual muchas víctimas de mobbing se abstienen de presentar una demanda judicial contra la empresa, es que debe seguir prestando funciones en el mismo lugar de trabajo durante todo el tiempo que dure el proceso judicial. No obstante, siempre existe la posibilidad de llegar a un acuerdo con la empresa si es que esta está dispuesta a negociar con el trabajador.
Por tales razones, la intervención de un abogado especialista en derecho laboral es tu garantía para salir airoso de esta situación tan agobiante.
Te ayudaré a recabar las evidencias o a llegar a un acuerdo con tu empresa. Contáctame ahora para que hagamos valer tus derechos.
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