Tengo permiso de residencia y trabajo en un país de la UE: ¿puedo trabajar directamente en España?
Tener permiso de residencia y trabajo en otro país de la UE no permite siempre trabajar directamente en España. Te explico cuándo necesitas una nueva autorización y qué ocurre con la larga duración-UE.
Una duda muy frecuente entre ciudadanos extranjeros que ya residen legalmente en un país de la Unión Europea es pensar que su permiso de residencia y trabajo les permite trabajar automáticamente en cualquier otro Estado miembro.
Con carácter general, no es así.
Si eres nacional de un país que no pertenece a la Unión Europea y tienes un permiso de residencia y trabajo expedido, por ejemplo, por Italia, Francia, Alemania o Portugal, ese permiso te autoriza principalmente a residir y trabajar en el país que lo ha concedido. No equivale a tener la libertad de circulación y trabajo de un ciudadano de la Unión Europea.
Poder viajar por Europa no significa poder trabajar en Europa
Este es probablemente el error más habitual.
Cuando tienes un permiso de residencia válido expedido por un Estado del espacio Schengen, normalmente puedes desplazarte a otros países Schengen durante periodos cortos, generalmente hasta 90 días dentro de un periodo de 180 días, cumpliendo las condiciones correspondientes.
Pero esa posibilidad de desplazamiento no supone por sí misma una autorización para trabajar en España.
Por ejemplo, una persona colombiana que tenga residencia y trabajo en Italia puede viajar a España conforme a las reglas de Schengen, pero no puede empezar simplemente a trabajar para una empresa española utilizando su permiso italiano.
Para trabajar legalmente en España deberá comprobar qué autorización española necesita.
¿Entonces tengo que solicitar otra autorización en España?
En la mayoría de los casos, sí.
El hecho de tener residencia legal en otro país de la Unión puede facilitar determinadas situaciones, pero España conserva sus propias competencias para autorizar la residencia y el trabajo de ciudadanos de terceros países.
Por tanto, antes de comenzar una relación laboral en España habrá que determinar cuál es la vía aplicable según el tipo de permiso que tengas en el otro Estado miembro.
Una excepción importante: residente de larga duración-UE
Aquí debemos distinguir entre un permiso ordinario de residencia y la condición específica de residente de larga duración-UE.
Si eres titular de una autorización de residencia de larga duración-UE concedida por otro Estado miembro, sí existe un régimen especial de movilidad.
El actual Reglamento de Extranjería español permite que estos residentes soliciten residencia en España sin necesidad de obtener previamente visado. La solicitud puede realizarse antes de entrar en España o, como máximo, dentro de los tres meses siguientes a la entrada.
Pero atención: tampoco significa que puedas instalarte y trabajar indefinidamente en España sin hacer ningún trámite.
Si pretendes realizar una actividad laboral por cuenta ajena, tendrás que aportar la documentación exigida para esa actividad, entre ella el contrato de trabajo y documentación relativa a la empresa. El Ministerio de Inclusión recoge expresamente estos requisitos.
Por tanto:
Residencia de larga duración-UE facilita la movilidad, pero no equivale a trabajar automáticamente en España sin procedimiento alguno.
¿Cómo sé si mi permiso es de larga duración-UE?
No basta con llevar muchos años viviendo en otro Estado miembro.
La tarjeta debe acreditar específicamente la condición de residente de larga duración-UE o la denominación equivalente utilizada por el país que la expidió.
Este estatuto está pensado precisamente para facilitar que determinados residentes de larga duración puedan obtener autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros, siempre conforme a las condiciones exigidas por el segundo país.
¿Y si tengo una Tarjeta Azul-UE?
La Tarjeta Azul-UE dispone de reglas especiales de movilidad para profesionales altamente cualificados.
Por ejemplo, un titular de una Tarjeta Azul-UE válida expedida por otro Estado miembro puede realizar determinadas actividades profesionales de corta duración en otro Estado miembro bajo las condiciones previstas por la normativa europea.
Para una movilidad de mayor duración hacia España también existe un procedimiento específico. La normativa española contempla que, después de determinados periodos como titular de Tarjeta Azul-UE en otro Estado miembro, pueda solicitarse una Tarjeta Azul-UE en España para residir y trabajar aquí.
De nuevo, se trata de un régimen especial, no de una autorización general para cualquier extranjero residente en la Unión Europea.
También existen otros supuestos especiales de movilidad
La normativa europea y española contempla regímenes específicos para determinados colectivos, entre ellos investigadores, trabajadores trasladados dentro de empresas multinacionales y otras categorías concretas.
Por ejemplo, existen procedimientos específicos de movilidad para investigadores que ya cuentan con determinadas autorizaciones expedidas por otro Estado miembro.
Por eso es importante no quedarse únicamente con la expresión «tengo permiso de residencia europeo».
Lo decisivo es saber qué tipo exacto de autorización tienes.
¿Y si soy ciudadano de un país de la Unión Europea?
Entonces la situación cambia completamente.
Un ciudadano español, italiano, francés, portugués, alemán, etc., sí disfruta del derecho de libre circulación de trabajadores dentro de la Unión Europea, con las condiciones previstas en la normativa europea.
Pero ese derecho deriva de tener nacionalidad de un Estado miembro, no simplemente de poseer una tarjeta de residencia expedida por ese país.
Esta diferencia es fundamental.
Ejemplo práctico
Imaginemos una persona peruana con permiso de residencia y trabajo en Italia.
Puede desplazarse temporalmente a España conforme a las normas aplicables, pero su tarjeta italiana no le autoriza automáticamente a ser contratada por una empresa española.
Si, en cambio, tiene reconocido específicamente el estatuto de residente de larga duración-UE, podrá utilizar el procedimiento especial previsto para trasladar su residencia a España y desarrollar aquí una actividad laboral, cumpliendo los requisitos correspondientes.
Mi valoración como abogado
Antes de trasladarse a España pensando que una tarjeta de residencia de otro país europeo permite trabajar aquí, mi recomendación es comprobar exactamente qué tipo de permiso figura en la tarjeta.
La diferencia entre una residencia temporal ordinaria, una residencia permanente nacional, una larga duración-UE o una Tarjeta Azul-UE puede cambiar completamente las posibilidades de movilidad.
Uno de los errores que conviene evitar es comenzar a trabajar en España simplemente porque se puede entrar legalmente como residente de otro Estado miembro.
Poder entrar o permanecer temporalmente en España y estar autorizado para trabajar en España son cuestiones jurídicas diferentes.
Abogado de Extranjería en Valencia
Si tienes un permiso de residencia y trabajo de otro país de la Unión Europea y quieres trasladarte a España, puedo revisar tu tarjeta y determinar qué procedimiento corresponde para poder residir y trabajar legalmente en España.
Guillermo Doménech
Abogado de Extranjería en Valencia
📞 695 915 147
Abogado accesible, claro y comprometido contigo.
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