Esta distinción es importante porque muchas veces se confunden dos cuestiones diferentes: que el accidente sea reconocido como accidente de trabajo y que exista responsabilidad de la empresa por los daños sufridos.
El asunto vuelve a estar de actualidad después de conocerse que durante los cinco primeros meses de 2026 se registraron en España 246.401 accidentes laborales con baja.
¿Qué supone que mi accidente sea reconocido como laboral?
Cuando un accidente se califica como accidente de trabajo, el trabajador queda protegido por las prestaciones correspondientes de la Seguridad Social.
Pero esto no significa automáticamente que exista una indemnización adicional a cargo de la empresa.
Para reclamar responsabilidad empresarial resulta esencial determinar por qué se produjo el accidente y si la empresa cumplió correctamente sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
¿Cuándo puede existir derecho a una indemnización?
Con carácter general, habrá que analizar tres elementos fundamentales:
1. Existencia de un incumplimiento empresarial.
Por ejemplo, ausencia de medidas de seguridad, equipos inadecuados, falta de formación, falta de información sobre los riesgos o una evaluación preventiva deficiente.
2. Relación entre el incumplimiento y el accidente.
No basta con demostrar que la empresa incumplió alguna obligación preventiva. Ese incumplimiento debe guardar relación causal con el accidente producido.
3. Existencia de un daño.
El accidente debe haber provocado lesiones o perjuicios susceptibles de ser indemnizados.
Por ello, cada accidente laboral debe analizarse individualmente.
¿Y si el trabajador también cometió una imprudencia?
Esta cuestión es especialmente importante.
No cualquier error del trabajador libera automáticamente a la empresa de responsabilidad. Hay que analizar las circunstancias concretas y comprobar si la empresa había adoptado previamente todas las medidas de seguridad exigibles.
También pueden existir situaciones en las que se aprecie concurrencia de responsabilidades entre empresa y trabajador, lo que puede influir en la cuantía final de la indemnización.
Además de la indemnización, puede existir un recargo de prestaciones
Cuando el accidente se produce por falta de determinadas medidas de seguridad y salud laboral, las prestaciones económicas de la Seguridad Social derivadas del accidente pueden incrementarse entre un 30 % y un 50 %, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
Es el denominado recargo de prestaciones previsto en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.
Además, este recargo presenta una característica muy importante: su pago corresponde directamente al empresario infractor y no puede ser objeto de seguro.
Por tanto, después de un accidente laboral pueden coexistir diferentes cuestiones jurídicas: prestaciones de Seguridad Social, posible recargo de prestaciones y eventual reclamación de daños y perjuicios.
La Inspección de Trabajo puede ser fundamental
Después de un accidente grave resulta especialmente relevante determinar si intervino la Inspección de Trabajo, si existe acta de infracción, qué medidas preventivas tenía implantadas la empresa y cuál fue exactamente la mecánica del accidente.
Los informes y actuaciones inspectoras pueden tener una importancia considerable a la hora de determinar si existió incumplimiento empresarial.
También conviene conservar toda la documentación disponible: partes médicos, comunicaciones de la empresa, fotografías, datos de testigos, parte de accidente y cualquier documentación relacionada con prevención de riesgos.
Mi valoración como abogado
Si has sufrido un accidente laboral, no daría por supuesto ni que tienes derecho automáticamente a una indemnización ni que no puedes reclamar porque la empresa diga que el accidente fue culpa tuya.
Lo primero es reconstruir cómo ocurrió el accidente y comprobar qué medidas preventivas debía haber adoptado la empresa y cuáles adoptó realmente.
Especialmente cuando existen lesiones importantes, recomiendo estudiar por separado las distintas vías posibles de reclamación, porque reconocimiento del accidente laboral, recargo de prestaciones e indemnización por daños y perjuicios son cuestiones relacionadas, pero jurídicamente diferentes.
Si has sufrido un accidente de trabajo en Valencia y tienes dudas sobre las responsabilidades de la empresa o las indemnizaciones que pueden corresponderte, puedo estudiar tu caso y valorar las posibles reclamaciones.
Guillermo Doménech
Abogado Laboralista en Valencia
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