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Reencuentro familiar con un abrazo

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Familia

Reagrupación familiar y familiares de españoles

Asesoro en procedimientos destinados a posibilitar la residencia en España de familiares, incluida la reagrupación familiar y las autorizaciones aplicables a familiares de ciudadanos españoles cuando concurren los requisitos correspondientes.

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Experto en Extranjería por el ICA Alicante

Sección de Extranjería del ICAV

Lo esencial

Dos vías distintas según quién reagrupa

  • Si quien reagrupa es un extranjero residente, se aplica la reagrupación familiar del régimen general.
  • Si es un ciudadano español, sus familiares tienen una vía propia de residencia.
  • Suelen exigirse medios económicos, vivienda adecuada y acreditar el vínculo familiar.
  • Los documentos extranjeros deben estar legalizados y traducidos.

A quién se puede traer

Familiares y situaciones que estudio

Reviso los requisitos de quien reagrupa y de cada familiar, y preparo el expediente para que la Oficina de Extranjería y el consulado puedan resolverlo sin requerimientos innecesarios. Qué necesita para traer a su familia en 2026.

Cónyuge o pareja

Reagrupación del cónyuge o de la pareja de hecho registrada o con relación acreditada, en los términos de la normativa.

Hijos

Hijos menores de edad y, en determinados supuestos, mayores con discapacidad o dependientes.

Padres y ascendientes

Reagrupación de ascendientes a cargo, con requisitos específicos de dependencia y de residencia previa de quien reagrupa.

Familiares de españoles

Residencia de cónyuges, parejas, hijos y ascendientes de ciudadanos españoles. Más posibilidades desde España.

Familiares de ciudadanos de la UE

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea y su renovación.

Visado y renovaciones

Seguimiento del visado en el consulado, entrada en España, obtención de la TIE y renovación de la autorización del familiar reagrupado.

El procedimiento

Cómo se tramita la reagrupación

  • Estudio de requisitos de quien reagrupa: tiempo de residencia, medios económicos y vivienda.
  • Documentación del familiar: certificados de matrimonio o nacimiento, pasaporte y antecedentes, legalizados y traducidos.
  • Solicitud ante la Oficina de Extranjería.
  • Visado en el consulado español del país de residencia del familiar.
  • Entrada en España y TIE: toma de huellas y obtención de la tarjeta.

Cada documento cuenta

Un informe de vivienda o un certificado mal legalizado pueden motivar la denegación. Conviene revisar el expediente completo antes de presentarlo.

Opiniones en Google

Lo que dicen quienes ya han confiado su asunto al despacho

★★★★★ 4,9 de 5 · +80 reseñas en Google · Ver todas las reseñas

★★★★★

«Aunque el juicio estaba señalado para 2028 debido al colapso de los Juzgados de lo Social, gracias a su insistencia, estrategia y dedicación consiguió resolver mi caso en apenas seis meses, logrando que la empresa reconociera la improcedencia del despido y abonara la indemnización correspondiente.»

Berta Ochando · Despido improcedente

★★★★★

«Gracias a su trabajo, experiencia en despidos laborales y capacidad de negociación, conseguí cobrar la indemnización íntegra por despido improcedente en un plazo muy breve, evitando años de espera e incertidumbre.»

Christian Rodríguez · Despido

★★★★★

«Había consultado previamente con varios abogados y todos me decían que, estando de baja, prácticamente no podía hacer nada. […] La trabajadora demandó a la empresa, pero finalmente ganamos el juicio y el despido fue declarado procedente.»

Beatriz Martínez Lloret · Empresa

★★★★★

«Ganado juicio contra la seguridad social un éxito. Abogado muy profesional, muy honesto. Estoy seguro que sin don Guillermo no hubiese sido posible ganar.»

Manuel Solera Martínez · Seguridad Social

★★★★★

«Ha sido un procedimiento largo, de casi dos años, pero durante todo este tiempo ha demostrado una gran profesionalidad, constancia y dedicación. Finalmente, el asunto se ha resuelto de forma muy satisfactoria, consiguiendo que pudiera cobrar la indemnización que me correspondía.»

Oscar Martínez Moya · Despido

★★★★★

«Ganó el juicio contra la oficina de extranjería por la denegación de mi permiso de trabajo, muy contento, lo recomiendo como abogado.»

nfila · Extranjería

Opiniones reales publicadas por clientes en Google. Cada asunto es distinto y su resultado depende de sus circunstancias concretas.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre reagrupación familiar

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para reagrupar?

Depende del familiar y de su tipo de autorización. Para algunos familiares la normativa exige una residencia previa determinada; lo revisamos en su caso.

¿Qué ingresos necesito?

Los medios económicos se calculan según el número de personas de la unidad familiar, tomando como referencia el IPREM.

¿Puedo reagrupar a mis padres?

Sí, en determinados supuestos y con requisitos específicos: que estén a su cargo y que concurran razones que justifiquen su residencia en España.

Mi pareja es española, ¿qué vía me corresponde?

La de familiar de ciudadano español, que tiene requisitos propios y, en algunos casos, puede solicitarse desde España.

¿Qué hago si me deniegan la reagrupación o el visado?

Puede recurrirse. Dependiendo de la resolución y del motivo pueden existir vías de recurso administrativo o judicial, con plazos que deben revisarse.

Solicite una cita

Estudiaré personalmente su caso

Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.

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Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.

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