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Revelación de secretos

03/02/2026

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Revelación de secretos

El Tribunal Supremo (TS) ha revisado una condena por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Según los hechos probados, la acusada grabó sin permiso una conversación telefónica entre el padre y sus dos hijos menores. Más tarde, esa grabación se envió a un grupo de WhatsApp (“3ºB”) en el que estaban los padres y madres del aula de los menores (23 personas).

En primera instancia, se condenó a la acusada por el tipo básico del art. 197.1 CP, con un año de prisión y multa. En apelación, la Audiencia Provincial mantuvo la condena y añadió una indemnización de 500 euros por daño moral para el padre.

El padre recurrió al TS, pidiendo que se aplicara el subtipo agravado por tratarse de datos de menores (art. 197.5 CP) y también el subtipo por difusión a terceros (art. 197.3 CP). El TS le da la razón solo en parte ya que considera que los menores sí son víctimas (sujetos pasivos) porque se vulneraron sus derechos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. Y aclara que no era un obstáculo que el padre denunciara “en su propio nombre”, bastaba con que relatara los hechos que afectaban a sus hijos, porque tenía su representación legal. Además, el Ministerio Fiscal asumió la denuncia, con lo que se salvaba el requisito de procedibilidad.

El TS aplica el art. 197.5 CP y aumenta la pena a 2 años, 6 meses y 1 día de prisión, más multa de 18 meses. En cambio, no aplica el art. 197.3 CP porque en la sentencia se recoge que el envío pudo ser por error y se eliminó inmediatamente, lo que introduce dudas sobre la intención de difundir. Mantiene el resto de pronunciamientos, incluida la indemnización de 500 euros.

Nuestros abogados pueden proporcionarle el adecuado asesoramiento y ejercer la defensa de sus intereses en actuaciones derivadas de hechos que constituyan o puedan ser constitutivos de delito preservando en todo caso el interés de los menores que pudieran estar afectados

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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