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Accidentes de tráfico

30/12/2025

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Accidente de tráfico

La Audiencia Provincial de Barcelona (AP) ha confirmado la sentencia que desestimaba la reclamación de un transportista, contra una entidad aseguradora, por el lucro cesante que alegaba haber sufrido tras un accidente de tráfico ocurrido en septiembre de 2021. El transportista pedía una indemnización porque su camión, con el que trabajaba, estuvo parado durante 58 días, período en el que asegura que no pudo obtener ingresos.

En el juicio, sin embargo, los magistrados han destacado que, para poder reclamar por pérdida de ganancias (lucro cesante), no basta con decir que el camión estuvo parado, hay que demostrar las pérdidas concretas, presentando documentos como facturas, declaraciones de la renta, informes, etc. En este caso, el transportista solo aportó su declaración de la renta de 2020 y un certificado de un gremio sobre cuánto se suele ganar con un camión parado. El tribunal consideró estos documentos insuficientes, señalando que los certificados gremiales solo tienen valor orientativo y que sin datos objetivos de ingresos reales en años anteriores no se puede calcular el perjuicio reclamado.

Además, la sentencia señala que el transportista no aportó pruebas sobre otros años ni justificó la imposibilidad de hacerlo. Tampoco descontó de su reclamación las posibles prestaciones públicas que podría haber recibido mientras estuvo de baja, lo que exige la ley para evitar indemnizaciones superiores a la pérdida real.

Otro punto importante que valoró el tribunal fue que el camión tenía la ITV caducada y defectos graves, lo que cuestionaba que realmente pudiera estar trabajando legalmente.

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Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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