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Reconocimiento de antigüedad superior

06/04/2023

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Reconocimiento de antigüedad superior

Reconocer una antigüedad adicional es habitual cuando se negocia la incorporación de trabajadores cualificados y se les propone un nuevo proyecto. Por ejemplo, se pacta con ellos que, en caso de despido, la indemnización se calculará teniendo en cuenta también la antigüedad que tenían en la empresa de la que proceden o sumando un determinado número de años a la que realmente tienen.

Pues bien, si una empresa firmó un pacto de este tipo y ahora se plantea el despido del afectado, la posible indemnización por despido improcedente deberá desglosarse en dos cuantías:

  • La parte de indemnización por la antigüedad real en la empresa. Esta suma quedará exenta del IRPF hasta el límite de 180.000 euros (el exceso sobre esa cifra tributará y quedará sujeto a retención).
  • La parte de indemnización por la antigüedad adicional reconocida en el contrato, que quedará sujeta al IRPF sea cual sea su cuantía. Por tanto, deberá someterla a retención en su totalidad.

Si la antigüedad superior viniese motivada por una subrogación de empresas (por ejemplo, por una fusión o por haber adquirido el negocio de una empresa en liquidación), entonces el exceso sí que quedará exento. Lo mismo sucederá si se contrató al afectado tras haber tenido varios contratos temporales dentro de varias empresas del mismo grupo (ya que en estos casos la indemnización es obligatoria; no deriva de un pacto entre la empresa y el afectado).

La parte de indemnización que quede sujeta al IRPF puede reducirse en un 30% –sólo tributará el 70% restante– si la duración del contrato de trabajo ha sido superior a dos años (siempre que se cumplan los restantes requisitos previstos en la normativa fiscal).

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda en materia de despido y le ayudarán a calcular la indemnización.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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