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Absorción de mejoras salariales

15/09/2022

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Absorción de mejoras salariales

Si un trabajador cobra por encima de convenio porque tiene una mejora voluntaria fija en nómina y se produce un aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) o del salario de convenio, en general no se le debe subir el sueldo (a no ser que el convenio aplicable diga lo contrario).  Mediante la compensación de salarios se pueden neutralizar esos incrementos cuando los trabajadores ya perciben sueldos superiores a dichos mínimos.

La compensación únicamente es viable entre conceptos salariales homogéneos, que son aquellos que retribuyen conceptos retributivos iguales o similares. No se debe confundir el concepto de homogeneidad con una igualdad esencial. Basta con que ambos conceptos (la cantidad que se pretende compensar y la que actúa como elemento compensador) se incluyan en el mismo grupo de complementos salariales o en el propio salario base.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha analizado la posible compensación de la mejora voluntaria con los incrementos derivados de un nuevo convenio colectivo y ha concluido que, si esta mejora no viene referida a un grupo de complementos concreto, debe ser tratada como salario y, en consecuencia, tiene naturaleza homogénea con los incrementos de convenio y puede compensarse.

Por el contrario, no podría compensarse el aumento del convenio con conceptos ligados al puesto de trabajo (como, por ejemplo, un plus por peligrosidad), ya que no son conceptos homogéneos (salvo si el convenio sí lo permite o si así se ha pactado en el contrato).

Por ello, si se pacta algún complemento con los trabajadores (como la mejora voluntaria), es recomendable recoger por escrito que éste es compensable y absorbible para que no haya dudas al respecto.

Nuestros profesionales le asesorarán para determinar qué conceptos son homogéneos y, por tanto, compensables y absorbibles.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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