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Excedencia voluntaria

21/07/2022

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Excedencia voluntaria

Cualquier trabajador con al menos un año de antigüedad en la empresa tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria.

No existe un preaviso legal para la solicitud de la excedencia voluntaria, por lo que habrá que revisar lo establecido en el convenio colectivo aplicable. Si el convenio no establece nada, es recomendable que el trabajador preavise con 15 días de antelación, y el empresario puede tomarse un plazo lógico y suficiente para estudiar la solicitud y contestar la petición.

Asimismo, no se puede disfrutar la excedencia voluntaria de manera unilateral. Si el empresario se niega a reconocer su derecho o no responde a su solicitud, el trabajador podrá solicitar su reconocimiento ante la jurisdicción social, pero no podrá comenzar a disfrutarla hasta que no sea reconocida por parte del empresario o de los tribunales.

El trabajador en situación de excedencia voluntaria conservará sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa, pero no gozará de reserva de su puesto de trabajo, salvo que esto se pacte de manera individual o venga establecido en el convenio colectivo aplicable.

Nuestros profesionales le informarán sobre todos los aspectos que deben tenerse en cuenta respecto a las solicitudes de excedencia voluntaria.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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