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Jubilación en 2022

03/02/2022

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Edad mínima

La edad mínima para el acceso a la jubilación en 2022 es la siguiente:

Modalidad de acceso Tiempo cotizado:
más de 37 años y 6 meses
Tiempo cotizado:
menos de 37 años y 6 meses
Jubilación ordinaria 65 años 66 años y 2 meses
Anticipada voluntaria 63 años 64 años y 2 meses
Anticipada forzosa 61 años 62 años y 2 meses
Jubilación parcial mutualistas 60 años
Jubilación parcial no mutualistas 33 años cotizados: 63 años y 4 meses

35 años y 6 meses cotizados: 62 años y 2 meses

Jubilación anticipada

Los coeficientes reductores de la pensión según el tiempo que se anticipe la jubilación ahora se  determinan por cada mes anticipado (en lugar de por cada trimestre) y se aplican sobre la pensión y no sobre la base reguladora:

  • La aplicación de esos coeficientes a la base reguladora suponía que en algunos casos la pensión final no se reducía (ya que la base reguladora para trabajadores con sueldos altos acababa siendo superior a la pensión máxima incluso tras la aplicación de los coeficientes).
  • Por tanto, el nuevo sistema supone una importante reducción de la pensión para personas con bases reguladoras máximas que quieran jubilarse anticipadamente. Por este motivo, la norma entrará en vigor el 1 de enero de 2024, y los coeficientes reductores se aplicarán parcialmente, aumentando de forma progresiva durante 10 años desde esa fecha hasta alcanzar la cifra prevista en la normativa.

 

Jubilación demorada

Los trabajadores que demoren su jubilación podrán cobrar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado desde la fecha en que se cumplió la edad legal de jubilación. También podrán sustituir dicho incremento por una cantidad a tanto alzado por cada año completo adicional cotizado, o bien combinar ambas opciones.

 

Jubilación activa

Para acceder a esta modalidad deberá haber transcurrido, al menos, un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

Cotización

Vea otros cambios que afectan a la cotización de trabajadores cercanos a la edad de jubilación:

  • Jubilación parcial. En 2022, empresa y trabajador cotizarán por el 95% de la base de cotización que en su caso hubiese correspondido de seguir trabajando a jornada completa.
  • IT. Las empresas tendrán una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes en caso de IT de trabajadores con 62 años o más.
  • A partir de la edad de jubilación. Empresas y trabajadores quedarán exentos de cotizar por contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional, salvo por IT derivada de dichas contingencias.

Pensiones

A partir de enero, la pensión se calcula en función de las cotizaciones de los últimos 25 años. La cuantía máxima es de 39.474 euros anuales, abonados en 14 pagas, y las cuantías mínimas son las siguientes:

Edad del titular Cónyuge a cargo Sin cónyuge Cónyuge no a cargo
65 años 12.467 10.103,80 9.590
<65 años 11.688 9.452,80 8.934,80

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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