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Contratos temporales suspendidos

30/07/2020

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Contratos temporales suspendidos

Si una empresa ha tramitado un ERTE de suspensión por causas relacionadas con el coronavirus y ha incluido algún contrato temporal, el cómputo de la duración del contrato ha quedado interrumpido. A estos efectos:

  • La interrupción es igual al período en que el contrato haya quedado suspendido. Por ejemplo, si un contrato eventual iba a finalizar el 31 de agosto pero se ha visto afectado por el ERTE de suspensión durante dos meses, el contrato finalizará el 31 de octubre.
  • Esta medida resulta aplicable hasta el 30 de septiembre. Es decir, el cómputo de la duración se reanudará el 1 de octubre aunque el contrato siga suspendido. Por ejemplo, si un contrato eventual iba a terminar el 31 de octubre y se ha visto afectado por un ERTE de suspensión desde el 1 de agosto hasta el 31 de enero de 2021, el contrato terminará el 31 de diciembre de 2020 (a la fecha teórica de finalización, que era el 31 de octubre, se le suman los dos meses en que ha estado suspendido en el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre).

En estos casos, es recomendable comunicar a los afectados la nueva fecha de finalización. Si llega dicha fecha y el afectado sigue prestando servicios, el contrato se prorrogará hasta la duración máxima (por ejemplo, hasta los 12 meses si se trata de un eventual y el convenio amplía la duración hasta los 12 meses). Expirada dicha duración máxima, si los afectados siguen trabajando se convertirán en indefinidos.

Nuestros profesionales le confirmarán la fecha de finalización de los contratos temporales afectados por un ERTE de suspensión.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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