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Despidos
Si le han despedido, los primeros días son decisivos. Reviso la carta de despido, la causa alegada, la indemnización y el finiquito, y le explico si conviene impugnar el despido, negociar o aceptar la propuesta de la empresa.
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+20 años de ejercicio
Colegiado en el ICAV
Lo esencial
Tipos de despido
El despido constituye una de las materias centrales de mi práctica laboral. Analizo la carta de despido, la causa alegada por la empresa, la indemnización, la documentación y las circunstancias que rodean la extinción para valorar qué calificación puede obtenerse y qué le conviene hacer.
La empresa alega un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Debe comunicarse por escrito, con los hechos y la fecha de efectos. Si los hechos no se prueban o no son tan graves, el despido puede declararse improcedente.
Se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en otras causas legales. Exige carta, puesta a disposición de la indemnización y preaviso. Si falla la causa o la forma, puede impugnarse.
Cuando la causa no se acredita o no se cumplen los requisitos formales. La empresa elige entre readmitirle o pagar la indemnización que corresponda según su antigüedad y salario.
Cuando vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones protegidas: discriminación, embarazo, permisos de conciliación, represalia por reclamar o, en determinados casos, durante una baja médica. Conlleva la readmisión y el abono de los salarios dejados de percibir.
Un despido durante la incapacidad temporal no es automáticamente nulo, pero puede plantearse la nulidad si la enfermedad es el verdadero motivo. Hay que estudiar las pruebas y la cronología de los hechos.
Muchas veces el asunto se resuelve en la conciliación o mediante una negociación extrajudicial con la empresa. Le explico si la oferta es razonable antes de firmar nada.
Qué hacer si le despiden
La impugnación del despido caduca
La impugnación del despido está sujeta, con carácter general, a un plazo de caducidad de 20 días hábiles. Si ha recibido una carta de despido, conviene revisar el asunto cuanto antes.
Opiniones en Google
★★★★★ 4,9 de 5 · +80 reseñas en Google · Ver todas las reseñas
★★★★★
«Aunque el juicio estaba señalado para 2028 debido al colapso de los Juzgados de lo Social, gracias a su insistencia, estrategia y dedicación consiguió resolver mi caso en apenas seis meses, logrando que la empresa reconociera la improcedencia del despido y abonara la indemnización correspondiente.»
Berta Ochando · Despido improcedente
★★★★★
«Gracias a su trabajo, experiencia en despidos laborales y capacidad de negociación, conseguí cobrar la indemnización íntegra por despido improcedente en un plazo muy breve, evitando años de espera e incertidumbre.»
Christian Rodríguez · Despido
★★★★★
«Había consultado previamente con varios abogados y todos me decían que, estando de baja, prácticamente no podía hacer nada. […] La trabajadora demandó a la empresa, pero finalmente ganamos el juicio y el despido fue declarado procedente.»
Beatriz Martínez Lloret · Empresa
★★★★★
«Ganado juicio contra la seguridad social un éxito. Abogado muy profesional, muy honesto. Estoy seguro que sin don Guillermo no hubiese sido posible ganar.»
Manuel Solera Martínez · Seguridad Social
★★★★★
«Ha sido un procedimiento largo, de casi dos años, pero durante todo este tiempo ha demostrado una gran profesionalidad, constancia y dedicación. Finalmente, el asunto se ha resuelto de forma muy satisfactoria, consiguiendo que pudiera cobrar la indemnización que me correspondía.»
Oscar Martínez Moya · Despido
★★★★★
«Ganó el juicio contra la oficina de extranjería por la denegación de mi permiso de trabajo, muy contento, lo recomiendo como abogado.»
nfila · Extranjería
Opiniones reales publicadas por clientes en Google. Cada asunto es distinto y su resultado depende de sus circunstancias concretas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
Con carácter general, 20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Es recomendable solicitar asesoramiento inmediatamente, porque preparar la papeleta de conciliación lleva tiempo.
¿Qué indemnización me corresponde si el despido es improcedente?
Depende de su antigüedad, de su salario y de la fecha de inicio de la relación laboral, porque para los periodos anteriores a febrero de 2012 se aplican reglas distintas. En la cita revisamos sus nóminas y calculamos la cantidad concreta.
¿Puedo cobrar el paro si reclamo el despido?
Sí. Reclamar el despido no impide solicitar la prestación por desempleo si reúne los requisitos. Conviene solicitarla dentro de plazo.
¿Debo firmar el finiquito?
Puede firmarlo para recibir las cantidades, pero si no está de acuerdo añada «recibí, no conforme». Así deja constancia de que no renuncia a reclamar.
¿Y si me despiden estando de baja médica?
Debe estudiarse el caso. Si el verdadero motivo es la enfermedad, puede plantearse la nulidad del despido. La cronología y las pruebas son clave.
Solicite una cita
Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.
Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.