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Arreglar “los papeles del paro” le puede salir caro

20/10/2022

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Arreglar “los papeles del paro” le puede salir caro

Es conocida la práctica por la cual un trabajador comunica a la empresa su dimisión, pero le pide que “le arregle los papeles del paro” –es decir, que se ejecute un despido pactado que le permita cobrar su prestación por desempleo– y ésta accede a dicha petición, formalizando, por ejemplo, un despido disciplinario por ausencias injustificadas para sostener una extinción aparentemente involuntaria que ponga al trabajador en situación legal de desempleo.

En este caso, se puede considerar, por un lado, que el trabajador ha cometido un fraude al haber provocado un despido disciplinario por faltas injustificadas de asistencia con el fin de obtener prestaciones por desempleo a las que no tendría acceso de haber causado baja voluntaria. Algunas direcciones provinciales del SEPE están denegando prestaciones solicitadas al amparo de un despido por faltas de asistencia por considerar que el propio trabajador ha incurrido en una infracción muy grave consistente en “actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones”.

Por otro lado, se están imponiendo sanciones a las empresas por incurrir en connivencia con sus trabajadores para la obtención de prestaciones indebidas. Por tanto, aunque se den verdaderas ausencias injustificadas y lo lógico sea realizar un despido disciplinario, debe averiguar cuál es la intención del trabajador antes de notificar a la Seguridad Social la finalización del contrato. Para ello, lo recomendable es ponerse en contacto con él (por burofax, e-mail o incluso WhatsApp si es un medio habitual de comunicación en la empresa) para conocer la causa por la cual no ha acudido a trabajar; es decir, requerirle formalmente para que justifique sus ausencias.

Verificada la intención del empleado, si no responde o persiste en sus ausencias o incluso si plantea llegar a algún tipo de acuerdo para que la empresa le facilite el cobro del paro, la empresa puede indicar su dimisión tácita como causa de extinción.

Nuestros profesionales le asesorarán sobre cómo realizar las extinciones de contratos para evitar incurrir en un despido improcedente o en una sanción administrativa.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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