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Bolsa de horas: ¿cómo funciona?

02/02/2023

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Bolsa de horas: ¿cómo funciona?

Es habitual que en algunos sectores los convenios colectivos establezcan una forma de repartir las horas de trabajo efectivo de forma asimétrica durante el año con la finalidad de evitar un ERTE o modificaciones sustanciales de la jornada u horario y permitir una mejor organización de la actividad.

Con independencia de su denominación o funcionamiento y de la regulación del convenio, estas bolsas de horas constituyen una distribución irregular de la jornada y para su uso debe tenerse en cuenta lo siguiente:

  • No podrán superarse las nueve horas de trabajo efectivo diario, salvo que se prevea por convenio colectivo o acuerdo con los representantes de los trabajadores.
  • Deberá respetarse el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
  • Deberá respetarse el límite de día y medio ininterrumpido de descanso semanal, salvo que el convenio colectivo lo amplíe, que empezará a computar una vez finalizado el descanso entre jornadas.

En caso de que el convenio colectivo no prevea nada sobre la distribución irregular de la jornada, la empresa podrá distribuirla hasta un 10% irregularmente a lo largo del año de forma unilateral. A falta de pacto, la prestación adicional de servicios, las horas que no se trabajen y el horario resultante deberán informarse al trabajador con cinco días de antelación.

En general, resulta más beneficioso para las empresas que las horas trabajadas de más constituyan distribución irregular de la jornada y no horas extras, ya que la empresa dispondrá de 12 meses para su compensación (en vez de los cuatro meses de los que dispone para compensar las horas extraordinarias), no será necesario abonar el importe de forma incrementada según convenio, ni aplicará el límite de 80 horas anuales.

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier cuestión en materia de jornada irregular.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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