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Número de afiliación

04/01/2024

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Número de afiliación

Cuando una empresa contrata a un trabajador y tramita su alta a la Seguridad Social por Sistema RED, debe comunicar una serie de datos (fecha de inicio del contrato, tipo de contrato, datos identificativos del empleado…). Uno de esos datos es el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF), del que todas las personas trabajadoras deben disponer. 

Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación al sistema de la Seguridad Social de quienes, no estando afiliados, ingresen a su servicio. Es decir, si una persona no tiene NAF, la empresa que lo contrate debe solicitarlo. A estos efectos:

  • El NAF obtenido será único y general para todos los regímenes de la Seguridad Social, aunque la persona, por razón de su actividad, cambie de uno a otro régimen. 
  • Se deberá solicitar el NAF con anterioridad a que la persona empiece a trabajar. Si no, el propio trabajador podrá solicitarlo ante la Dirección Provincial de la Tesorería y la Seguridad Social informará del incumplimiento a la Inspección de Trabajo.

Si un empleado empieza a trabajar, pero la empresa no ha pedido el NAF y, en consecuencia, tampoco ha tramitado su alta (para poder tramitar el alta es necesario disponer del NAF), estará cometiendo una infracción grave y recibirá una multa de la Inspección de al menos 3.750 euros.

Esta gestión es sencilla y se puede realizar desde el Sistema RED, accediendo al menú “Inscripción y Afiliación Online”. 

Una vez la empresa haya solicitado el NAF de la persona trabajadora, y en los tres días naturales inmediatamente siguientes a su obtención, deberá tramitar su alta en la Seguridad Social (gestión distinta a la solicitud del NAF). La fecha del alta no podrá́ ser anterior a la fecha de asignación del NAF ni posterior a dicha fecha en más de tres días. Si en ese plazo no se ha solicitado el alta, el NAF será́ eliminado del sistema de la Seguridad Social, de manera que, para poder dar de alta al trabajador, la empresa deberá volver a realizar la gestión de solicitud del NAF.

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre afiliaciones y altas a la Seguridad Social por Sistema Red.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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