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¿Puedo despedirlo dos veces?

23/06/2022

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

¿Puedo despedirlo dos veces?

En estos casos es posible realizar un segundo despido que desplegará sus efectos en caso de que el primero no sea procedente. Es lo que se denomina un despido ad cautelam. Para ello es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que todavía no haya recaído sentencia firme por el primer despido.
  • Que los hechos constitutivos de la nueva causa de despido sean conocidos con posterioridad a la fecha de efectos del primer despido.
  • Que estos hechos no hayan prescrito. Recuerde que las faltas muy graves (que son las que pueden dar lugar al despido) prescriben a los 60 días a partir de la fecha en la que la empresa tenga conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.

Dicho despido no supone que se reconozca la improcedencia del primero, y tampoco es una subsanación o una sustitución de éste. El primer despido seguirá su curso y el segundo sólo desplegará efectos si el primero finaliza en nulidad o readmisión.

Nuestros profesionales le asesorarán si se encuentra en una situación como la indicada.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

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