¿Se puede trabajar estando jubilado? Estas son las formas de compatibilizar trabajo y pensión en 2026

Muchas personas que alcanzan la jubilación quieren continuar desarrollando alguna actividad profesional, trabajar unas horas o mantener su negocio. La pregunta es habitual: ¿puedo trabajar y seguir cobrando la pensión de jubilación?

¿Se puede trabajar estando jubilado? Estas son las formas de compatibilizar trabajo y pensión en 2026

La regla general sigue siendo que la pensión de jubilación es incompatible con un trabajo que obligue al pensionista a estar incluido en un régimen de la Seguridad Social. Sin embargo, existen importantes excepciones que permiten compatibilizar pensión y trabajo. Seguridad Social

Jubilación activa: trabajar y cobrar parte de la pensión

Desde el 1 de abril de 2025 está vigente una nueva regulación de la jubilación activa.

Permite compatibilizar la pensión contributiva de jubilación con un trabajo por cuenta ajena, a jornada completa o parcial, o por cuenta propia. Seguridad Social

Con carácter general, es necesario que el acceso a la jubilación se produzca al menos un año después de alcanzar la edad ordinaria de jubilación —o de reunir el período mínimo de cotización cuando este se alcance posteriormente—. No resulta aplicable a quienes acceden mediante una jubilación anticipada. Seguridad Social

¿Qué porcentaje de la pensión se cobra?

La cantidad de pensión compatible con el trabajo depende del tiempo durante el cual se haya retrasado la jubilación:

  • 1 año de demora: 45 % de la pensión.
  • 2 años: 55 %.
  • 3 años: 65 %.
  • 4 años: 80 %.
  • 5 años: 100 %.

Además, una vez iniciada la jubilación activa, el porcentaje aumenta 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos que se permanezca en esta situación, hasta alcanzar un máximo del 100 %. Seguridad Social

Cuando finaliza el trabajo por cuenta propia o ajena, se recupera el cobro íntegro de la pensión. Seguridad Social

Una ventaja específica para determinados autónomos

La normativa contempla un régimen más favorable para determinados trabajadores por cuenta propia que mantienen o incorporan empleo.

Cuando se cumplen los requisitos relativos a la contratación indefinida de un trabajador, puede compatibilizarse inicialmente hasta un 75 % de la pensión durante los primeros años de demora, aplicándose posteriormente los porcentajes generales. Seguridad Social

Jubilación flexible: volver a trabajar a tiempo parcial

Existe otra posibilidad para una persona que ya está jubilada y posteriormente quiere iniciar un trabajo a tiempo parcial.

Es la denominada jubilación flexible. En este caso puede compatibilizarse el salario con la pensión, pero esta última se reduce proporcionalmente en función de la jornada de trabajo realizada. Seguridad Social

Cuando termina el trabajo, la Seguridad Social puede recalcular la pensión teniendo en cuenta las cotizaciones efectuadas durante ese período.

Trabajos por cuenta propia con ingresos reducidos

La Seguridad Social también contempla la compatibilidad de la pensión con determinados trabajos por cuenta propia cuando los ingresos anuales totales no superan el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

En estos casos no existe obligación de cotizar por esas actividades y tampoco se generan nuevos derechos a prestaciones de Seguridad Social por dicho trabajo. Seguridad Social

¿Puede un jubilado mantener la titularidad de un negocio?

Sí. La pensión puede ser compatible con el mantenimiento de la titularidad de un negocio o establecimiento, siempre que se respeten los límites establecidos respecto de las funciones efectivamente desarrolladas por el pensionista. Seguridad Social

Cuidado con empezar a trabajar sin comprobar la compatibilidad

No cualquier actividad es compatible con la jubilación.

Si el trabajo realizado resulta incompatible con la pensión, esta puede ser suspendida mientras se desarrolla la actividad. Además, el empresario deberá tramitar el alta y efectuar las cotizaciones correspondientes. Seguridad Social

También existen reglas específicas para determinadas actividades, como la actividad artística, y el régimen general de jubilación activa no se aplica al desempeño de determinados puestos o altos cargos del sector público. Seguridad Social

Mi valoración como abogado laboralista

Sí es posible trabajar estando jubilado, pero no existe una única fórmula.

Antes de iniciar una actividad resulta fundamental determinar si corresponde aplicar la jubilación activa, la jubilación flexible, la compatibilidad por trabajo autónomo de reducidos ingresos u otro régimen específico.

La elección puede afectar tanto al porcentaje de pensión que se percibe como a las obligaciones de alta y cotización. Por ello, conviene analizar cada caso antes de comenzar el trabajo para evitar suspensiones de la pensión o reclamaciones posteriores de cantidades.

En mi despacho en Valencia asesoro sobre jubilación, compatibilidad entre pensión y trabajo, jubilación activa y prestaciones de la Seguridad Social.

Guillermo Doménech Martínez
Abogado Laboralista en Valencia

 

Fuente normativa: artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción introducida por el Real Decreto-ley 11/2024, con efectos desde el 1 de abril de 2025