C/ Grabador Esteve, 3, pta. 4 · 46004 Valencia · Atención con cita previa

★ 4,9 en Google · +80 reseñas   ·   contacto@guillermodomenechabogado.com

Inicio › Noticias

Subsanación del despido

17/08/2023

Por Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Subsanación del despido

Si una empresa ha comunicado un despido disciplinario y luego se percata de que ha cometido errores formales, puede corregirlos mediante un nuevo despido, que sustituirá al anterior. En concreto:

  • La empresa podrá efectuar un nuevo despido dentro del plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al del primer despido.
  • Para ello, la empresa debe volver a notificar al afectado un despido por los hechos que motivaron el primero, cumpliendo con los trámites formales omitidos inicialmente e indicando que se procede a subsanar los errores formales cometidos en la anterior comunicación. Este nuevo despido surtirá efectos desde su realización.
  • La empresa debe poner a disposición del trabajador los salarios devengados durante los días intermedios, durante los cuales también debe mantenerlo de alta en la Seguridad Social.
  • No es válido incluir hechos nuevos en la nueva comunicación. Esta medida permite corregir errores formales, pero no puede introducir nuevos incumplimientos del trabajador.

Si no se cumplen los requisitos indicados, el segundo despido se tendrá por no realizado y se juzgará sólo el primero, con sus defectos formales. Sería el caso de que se superase el plazo de 20 días o si, aun habiéndose subsanado los errores dentro de plazo, no se procediese al abono de los salarios del período intermedio.

Esta posibilidad de subsanar los defectos formales no existe cuando se trata de despidos objetivos.

Los errores que se pueden subsanar son, por ejemplo, la descripción insuficiente de los incumplimientos imputados al trabajador, no haber indicado la fecha de efectos del despido, no haber dado audiencia previa al delegado sindical en despidos disciplinarios de trabajadores afiliados a un sindicato o haber incumplido la exigencia de expediente contradictorio o los trámites establecidos en el convenio para sanciones muy graves.

En cualquier caso, deben tenerse en cuenta los plazos de prescripción para sancionar. No se podrá subsanar el despido si los hechos que motivan la extinción ya han prescrito. En tal caso, sólo se juzgará el primer despido.

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre el procedimiento de despido.

Este artículo tiene carácter informativo y general. Cada caso requiere un estudio individual: si le afecta, consúltelo con el despacho.

Guillermo Doménech Martínez, abogado en Valencia

Sobre el autor

Guillermo Doménech Martínez

Abogado especializado en Derecho Laboral, Seguridad Social y Extranjería, con despacho en Valencia y más de 20 años de ejercicio. Miembro de las secciones de Derecho Laboral y de Extranjería del ICAV.

Conocer su trayectoria →

¿Le afecta este tema?

Consúltelo con un abogado

Estudio personalmente su caso y le explico sus opciones. En muchos asuntos los plazos son breves.

Llamar al 695 915 147 WhatsApp Escribir al despacho

Siga leyendo

Más noticias del despacho

Otras novedades laborales, de Seguridad Social y de extranjería que pueden interesarle.

Personas con discapacidad

23/10/2026

Personas con discapacidad

Legitimación de la persona invidente para impugnar normas de accesibilidad urbana

¿Autónomo por acuerdo mutuo? (Infografía)

22/10/2026

¿Autónomo por acuerdo mutuo? (Infografía)

Un candidato propone a su empresa trabajar como autónomo para ahorrar costes. ¿Puede aceptar?

Obligaciones y contratos

21/10/2026

Obligaciones y contratos

Legitimación del comprador para exigir la segregación tras haber transmitido la finca a tercero

Solicite una cita

Estudiaré personalmente su caso

Cuénteme brevemente qué ha ocurrido y le contactaré para concertar una cita en el despacho. Revisaré la documentación y le explicaré las alternativas jurídicas y la estrategia que considero adecuada.

Escríbame

Le responderé lo antes posible. Si su asunto es urgente, llámeme.

Protección de datos

Responsable: Guillermo Doménech Martínez. Finalidad: atender su consulta y, si procede, enviarle presupuesto. Legitimación: su consentimiento. Destinatarios: no se ceden datos a terceros salvo obligación legal. Derechos: acceso, rectificación, supresión y demás, escribiendo a contacto@guillermodomenechabogado.com. Más información en la política de privacidad.

El envío de este formulario no crea una relación abogado-cliente ni interrumpe ni suspende ningún plazo legal.